El
sometimiento fue hecho por una comisión del Comité Ejecutivo de la entidad,
mediante el depósito en la Secretaria General del alto tribunal de una
querella directa.
”La Constitución de la República de enero de
2010 establece en su artículo 22 numeral 5 que, entre los derechos de
ciudadanía el de denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos
en el desempeño de su cargo, por lo que la institución que dirigimos y nuestra
persona tienen la calidad requerida para someter al referido funcionario”,
afirmó el presidente de la institución.
“De
igual forma en su artículo 75 sobre Deberes Fundamentales la Carta Magna establece
en su numeral 12, que entre los deberes fundamentales de las personas están el
velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia, el respeto del
patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública”, dijo el profesional
del derecho.