El proyecto sería aprobado en una segunda lectura el próximo jueves. El mismo establece que los centros donde estén menores privados de libertad, deben ser especiales para estos y no puede haber adultos.
Los actos infracciónales para privar a los menores de libertad son homicidios, lesiones físicas permanentes, violación y agresión sexual, robo agravado y secuestro.
La modificación del artículo 291 de la Ley 136-03, Nuevo Código para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece que la prisión provisional para un menor tendrá una máxima de cuatro meses y podrá ser sustituida por una medida menos grave a solicitud de partes.